Declaran estado de emergencia agropecuaria en Bs.  Como.

Declaran estado de emergencia agropecuaria en Bs. Como.

marzo 20, 2023 0 Por Jose Luis Heredia

Según lo dispuesto en la Resolución 317/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la medida rige desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2022 en el partido de Florentino Ameghino. Asimismo, la agencia NA informó, desde el 1 de junio de 2022, pero hasta el 31 de marzo de este año, en los partidos de Leandro N. Alem, Castelli, Marcos Paz, Saavedra y Laprida.

Del 1 de agosto de 2022 al 31 de marzo de 2023 en el distrito de Guaminí; del 1 de septiembre de 2022 al 31 de marzo de 2023 en las comunas de Balcarce y General Belgrano y del 1 de octubre de 2022 al 31 de marzo de 2023 en las comunas de General Madariaga, La Plata, Pila, General Las Heras, San Antonio de Areco y Lezama.

Luego del 1 de noviembre de 2022 al 31 de marzo de 2023 en las comunas de General Lamadrid, Carlos Tejedor y Pergamino, del 1 de diciembre de 2022 al 31 de marzo de 2023 en las comunas de Cañuelas, Campana, Las Flores y General Rodríguez.

Asimismo, Economía ha determinado que para efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509, se declara y/o prorroga desde enero en la provincia de Buenos Aires, afectada por la sequía, el estado de emergencia y/o calamidad agropecuaria. 1 de marzo de 2023 al 31 de marzo de 2023 en los distritos de San Pedro, Rojas, Salto, Ramallo, Junín, Arrecifes, Alberti, Chascomús, Suipacha, Dolores, Lobos, San Vicente, Magdalena, Luján, General Paz, Ayacucho, Bragado, Monte , Maipú , Lincoln, Baradero, Punta Indio, Chivilcoy, General Arenales, Roque Pérez, San Nicolás, San Andrés de Giles, Mercedes, Brandsen, Rauch, Exaltación de la Cruz, Carmen de Areca, General Viamonte, Capitán Sarmiento, General Guido, Chacabuco, Navarro, Colón, Tordillo y Tandil.

El Palacio de Hacienda explicó que el 31 de marzo de 2023 es la fecha final del ciclo productivo para las fincas afectadas en las áreas declaradas en la resolución.

Al mismo tiempo, recordó que para tener derecho a los beneficios que prevé esta ley, los productores interesados ​​deberán presentar un certificado emitido por la autoridad competente de la provincia en el que conste que sus predios o fincas se encuentran comprendidos en los supuestos previstos.

Las instituciones bancarias nacionales, los funcionarios mixtos y la AFIP decidirán sobre los medios necesarios para que los productores agropecuarios disfruten de los beneficios previstos en la ley.